11 de Junio de 2007
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Mundo laboral: Medioambiene laboral

 


Para servirle
Mundo laboral: Medioambiene laboral

(Foto: Copesa)
¿Existen normas sobre la ventilación que debe tener el lugar de trabajo?

Por supuesto. Debe haber, por medios naturales o artificiales, una ventilación que proporcione condiciones ambientales confortables y que no cause molestias o perjudique la salud de los trabajadores. Si por falta de ventilación se juntan contaminantes como humos, gases u otras emanaciones nocivas, el empleador está obligado a solucionar el problema. Si no lo hace, puede denunciar el hecho a la Inspección del Trabajo o al Servicio de Salud.

¿Y qué sucede con la luminosidad?

Todo lugar de trabajo, excepto las faenas mineras subterráneas o similares, debe estar iluminado con luz natural o artificial, que dependerá de la faena o actividad que se realice, lo que es responsabilidad del empleador. El Código del Trabajo es claro: Dice que el empleador está obligado a tomar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.

¿También hay normas respecto de los extintores?

Así es. Si existe riesgo de incendio, ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, debe haber extintores de incendio; a lo menos, uno por cada 150 metros cuadrados. Deben estar en sitios de fácil acceso, libres de obstáculos y en condiciones de funcionamiento máximo. La altura tope para instarlos es de 1,30 metro.


 

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