16 de Diciembre de 2006
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Esta es la firme: escolares embarazadas

 


Para servirle
Esta es la firme: escolares embarazadas

Se garantiza la continuidad de estudio de las escolares embarazadas, gracias a que el 24 de marzo de 2005 fue publicado en el Diario Oficial el Decreto 79 del Ministerio de Educación, que reglamenta el artículo 2 de la Ley 18.962, que regula el estatuto de las alumnas de educación básica y media en situación de embarazo y maternidad.

Los establecimientos deben dar todas las facilidades para que las alumnas embarazadas puedan continuar con su educación y se les prohíbe expulsarlas, cambiarlas de establecimiento, de clases y cancelarles la matrícula.

Se reafirma el derecho de las alumnas para participar en organizaciones estudiantiles y actividades extraprogramáticas. No se las desliga de las clases de educación física, sino que deben continuarlas con las indicaciones hechas por médicos. Además permite que las alumnas hagan modificaciones al uniforme escolar conforme avance el embarazo.

Derecho

Asimismo las autoridades directivas y el personal del establecimiento al que asistan las alumnas en situación de embarazo o maternidad, deberán tener por éstas respeto y otorgar facilidades académicas para que asistan regularmente, durante todo el periodo del embarazo, al establecimiento de Salud correspondiente para el control prenatal periódico, como a los controles médicos de post parto y a los del lactante.

El Ministerio de Educación basa esta norma en el deber del Estado de garantizar el derecho a la educación, a la igualdad ante la ley y a la no discriminación. Con esto busca evitar actos arbitrarios de etablecimientos educacionales.


 

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