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| 02 de Diciembre de 2006 | |||
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Para servirle Esta es la Firme: El famoso "sobre azul" ¿Qué se entiende, en términos legales, como un despido?- No existe una definición legal del término "despido", pero de acuerdo al uso que se le acostumbra dar debe entenderse como el término del contrato de trabajo entre un empleador y un trabajador por alguna causal imputable a este último. El trabajador también puede poner término al contrato de trabajo cuando el empleador incurra en alguna causal que le sea imputable. Esta situación se denomina "despido indirecto" y tiene por objeto, además del término del contrato, cobrar las indemnizaciones que contemple la ley.
¿Cuáles son los motivos o causales que establece la ley para despedir a una persona sin incurrir en una infracción?- Las causales para poner término al contrato de trabajo son varias y podemos agruparlas en: A).- Imputables al trabajador. B).- Imputables tanto al trabajador como al empleador. C).- No imputables o neutras. Como se trata de explicar los motivos o causales para despedir, sin incurrir en una infracción legal, debemos señalar que el despido debe fundarse en alguna de las causas que contempla el Artículo 160 del Código del Trabajo. Es decir, alguna causal imputable al trabajador, como por ejemplo su falta de probidad; no concurrencia a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes al mes o tres días durante el mes; abandono del trabajo; incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, etc.
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