- Hace un mes envié una ropa a la tintorería para que me la limpiaran, pero en vez de eso la dañaron. Un traje de mi marido terminó con el cuello de la chaqueta todo arrugado ¿Cómo puedo proceder contra esa tintorería?
- La Ley del Consumidor establece que es obligación del proveedor respetar los términos en que se acordó la prestación del servicio. También comete infracción el proveedor que, actuando con negligencia, cause menoscabo al consumidor debido a fallas o deficiencias de calidad. Los carteles o leyendas estilo "no se responde por daños", no tienen valor y no impiden el ejercicio de los derechos. Si la tintorería no accede, puede presentar un reclamo ante el Sernac o directamente una denuncia al Juzgado de Policía Local de la comuna de la tienda.
- En un conocido local de comida rápida no quisieron darme más "ketchup". Argumentaron que era sólo una porción por persona y si quería más la tenía que pagar. El encargado me confirmó lo anterior, aunque eso no estaba especificado en ninguna parte del local. Mis hijos no quisieron comer sin ketchup y tuvimos que irnos a casa. Pienso que falta un letrero al respecto y que la información no es clara ni transparente, sobre todo considerando que hay niños de por medio.
- Efectivamente, el aludido local de comida rápida debiera otorgar anticipadamente tal información al consumidor, sobre todo considerando que se acostumbra entregar el condimento señalado a solicitud de los clientes. En consecuencia puede presentar un reclamo ante el Sernac o una denuncia al respectivo Juzgado de Policía Local. En este caso, además, estamos en presencia de una mala práctica comercial, pues, junto con la falta de información relevante, muy probablemente el local perdió un cliente por no prestarle una atención de calidad.