- Hace poco compré un disco duro para mi computador y en la tienda me dijeron que tenía tres meses de garantía. Luego de un mes y medio el falló y me lo cambiaron por otro, pero sin renovarme la garantía de tres meses ¿Tengo derecho a exigir también tres meses de garantía por este nuevo disco?
- La garantía sólo opera por el plazo de tres meses, contados desde que se adquirió el primer disco duro. El segundo, que se entregó a cambio, no goza de garantía por nuevos tres meses. Dicho plazo es el mínimo que establece la ley.
- Necesito saber si un producto que se exhibe en vitrina y cuya caja y catálogo presentan un evidente deterioro tiene el mismo valor que uno nuevo, embalado y guardado.
- La Ley del Consumidor no regula el precio de los bienes. Por tanto, el proveedor puede cobrar por la prenda lo que estime conveniente, siempre que lo informe de manera previa a la venta.
- En el baño de un restaurante manché mi pantalón con cloro. No había ninguna protección o advertencia para darse cuenta que los muebles estaban mojados con ese detergente. Hablé con la parte ejecutiva del establecimiento. El administrador y el dueño me dijeron que lo único que podían ofrecerme era un buen descuento. Me gustaría saber si tengo derecho a que me respondan.
- Siendo la negligencia del proveedor, la ley coloca bajo su responsabilidad el daño provocado a la prenda. Por tanto, en caso de no aceptar compensar el valor de los pantalones se puede recurrir a la mediación que realiza SERNAC, a fin de llegar a un entendimiento. De no producirse, deberá recurrir a los tribunales.