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| 30 de Junio de 2004 | |||
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| CONTENIDOS | CRÓNICA | LA VUELTA AL MUNDO | LA CUARTA DEPORTIVA | LA CUARTA ESPECTACULAR | MAGAZINE | LA PAPA |
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Para Serrvirle Cliente Informado
Por ejemplo, si usted compra un vehículo nuevo y éste presenta fallas, antes de cumplir los tres primeros meses (desde la compra), bastará que presente la boleta o factura de compraventas y podrá exigir el cambio de auto o la devolución del dinero pagado o la reparación gratuita. Si el plazo es mayor a tres meses y la empresa le ofreció voluntariamente una garantía por un plazo mayor, aunque restringida a la reparación gratuita, también podrá exigirlo porque la ley asume que hubo un compromiso mayor adquirido por el proveedor que usted aceptó. Sin embargo, en el caso de la compra de productos usados, la ley no otorga el derecho a optar por cualquiera de las alternativas anteriormente señaladas. Solamente se puede exigir la garantía que la empresa haya ofrecido voluntariamente y en los términos que haya fijado. No depende de los montos involucrados ni de otra condición de la compraventa. comprar. Lo que importa es lo que dice el contrato que haya suscrito.
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